NORMATIVAS EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19 Imprimir
Martes, 31 de Marzo de 2020 12:46

tallerÚltimamente se están aprobando numerosas normativas en relación con el estado de alarma que atañe al sector de la reparación y el mantenimiento de vehículos, y que resumimos a continuación:

 

Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo, por el que se dictan instrucciones sobre transporte por carretera. (BOE 20/03/2020)

“Artículo 2. Apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos.


1. Con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, así como de los transportes permitidos en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se permite la apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos de motor, así como los establecimientos de actividades conexas de venta de piezas y accesorios con venta directa a los talleres de reparación, pero sin apertura al público general.
2. En todo caso, tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.”


Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. (BOE 29/03/2020)


Establece el artículo 1.2.a) de dicha normativa que quedarán exceptuadas (no incluidas) del ámbito de aplicación de la norma las personas trabajadoras que presten servicios en los sectores calificados como esenciales en el Anexo de este Real Decreto-ley.

En el Anexo se dispone lo siguiente:

“No será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado en el presente real decreto-ley a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena:

6. Las que realizan los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, que se continúen desarrollando desde la declaración del estado de alarma, así como de aquéllas que deban asegurar el mantenimiento de los medios empleados para ello, al amparo de la normativa aprobada por la autoridad competente y las autoridades competentes delegadas desde la declaración del estado de alarma.”

 

Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo. (BOE 30/03/2020)

“Primero. Objeto.

Esta Orden tiene por objeto especificar actividades excluidas del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, así como facilitar un modelo de declaración responsable en la que se indique que la persona trabajadora portadora del mismo puede continuar realizando desplazamientos a su lugar de trabajo o de desarrollo de su actividad de representación sindical o empresarial.


Segundo. Trabajadores por cuenta propia.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, solo afecta a los autónomos que prestan sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma. Por su parte, el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia.”


En este sentido, para las personas trabajadoras del sector de la reparación de vehículos hemos elaborado un modelo de declaración responsable para que puedan portarlo sus trabajadores, y de esta manera puedan exhibirlo en caso de que se lo soliciten las autoridades pertinentes. Si lo necesitan soliciten a la Asociación el modelo de declaración responsable.


Cualquiera aclaración no duden en ponerse en contacto con la Asociación en el número de teléfono 928 292964, o al correo electrónico Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla .